Ariadna Estévez

Introducción

La propuesta del dispositivo necropolítico de gestión y administración de la migración forzada se construye a través de dos conceptos: la necropolítica y el dispositivo. En primer lugar, la nercropolítca parte de lo que Michel Foucault llamó biopolítica, es decir, la tecnología de poder mediante la cual se regula y administra la vida de la población como colectivo biológico, con el fin de hacer vivir a unos y dejar morir a otros, generalmente los grupos racializados y subordinados (Foucault 2006). Actualmente, en países económicamente subordinados la administración de las poblaciones para la reproducción del Estado neoliberal pretende no tanto regular el crecimiento poblacional sino gestionar la muerte de aquellos que no logran insertarse a la “globalización” o que lo hacen en sus márgenes, como quienes participan en la parte inferior de la jerarquía de la economía criminal. En este escenario la intervención poblacional es para hacer morir a los grupos sociales marginales y dejar vivir a los favorecidos por el neoliberalismo –hombres blancos, ricos, de occidente. Es una administración de la muerte. La biopolítica se transforma en necropolítica (Mbembe 2011).

En segundo lugar, según Foucault, un dispositivo es una red de elementos discursivos y no discursivos tales como leyes, instituciones, infraestructura, con la función específica de mantener el poder. En la era de la gubernamentalidad neoliberal, los dispositivos se caracterizan por ser: incluyentes, ya que tienden a incluir cada vez más elementos; permisivos, pues pueden ser añadidos; y excluyentes pues eliminan aquello a lo que están dirigidos” (Foucault, 2006: 66-67). Giorgio Agamben ha ampliado el concepto de dispositivo diciendo que: “Generalizando ulteriormente la ya amplísima clase de los dispositivos foucaultianos, llamaré literalmente dispositivo cualquier cosa que tenga de algún modo la capacidad de capturar, orientar, determinar, interceptar, modelar, controlar y asegurar los gestos, las conductas, las opiniones y los discursos de los seres vivientes” (Agamben, 2009: 14). Según Agamben, lo que se encuentra entre un ser vivo y un dispositivo es un sujeto: “Llamo sujeto a lo que resulta de la relación o, por así decir, del cuerpo a cuerpo entre los vivientes y los aparatos” (Agamben, 2009:14).

El dispositivo de producción y gestión necropolítica de la migración forzada se refiere pues a cómo la gente que es sujeta a la violencia criminal y legal, a la muerte, el tráfico sexual y laboral, trabajo forzado, y a la economía criminal, se les deja morir en sus países de origen o mientras tratan de cruzar las fronteras que se vuelven cada vez más securitizadas y peligrosas debido a la ilegalización de la migración indocumentada, los obstáculos al asilo y el régimen de deportabilidad (De Génova, 2002). Esta definición sugiere que hay aparatos, tecnologías y mecanismos usados para garantizar que la gente pobre, los marginados y los desechables mueran mientras tratan de migrar.

Tomando como caso de estudio la frontera entre México y Estados Unidos, el texto propone que el dispositivo necropolítico de producción y administración de la migración forzada contiene tres necropolíticas interrelacionadas: el despoblamiento forzado, el cual produce solicitantes de asilo, refugiados y los así llamados migrantes indocumentados; el asilo como administración del sufrimiento, el cual utiliza la legislación y las instituciones del asilo para controlar el tiempo y el espacio de los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes en vez de proporcionarles protección legal frente a la persecución; y los bolsones de desechabilidad, que son los sitios de muerte espacialmente definidos en los cuales los solicitantes de asilo y migrantes y deportados son confinados cuando el asilo como tecnología de administración del sufrimiento falla en su contra.

Tecnologías de producción

         Despoblamiento forzado de fronteras

La violencia criminal fuerza a las personas a irse de México y refugiarse en Estados Unidos. O al menos esa es la narrativa más recurrente: la delincuencia organizada y el narcotráfico han llevado a que México tenga una de las tasas de homicidio más altas en el mundo y por ello muchos huyen del país. México se encuentra en el número 23 de los países más peligrosos y está atravesando por una crisis humanitaria (UNCHR, 2016).  Según la Organización de las Naciones Unidas y el Internal Displacement Monitoring Centre (IMDC), los criminales son los responsables (IDMC, 2015a, 2015b). Sin embargo, este argumento ignora dos factores. Primero, México es rico en recursos naturales, incluyendo metales (acero, plomo, oro, níquel, zinc y plata) e hidrocarburos (gas shale) (Sinnot, Nash, & De la Torre, 2010). En segundo lugar, no toda la violencia de la región está relacionada con los carteles: incluye feminicidio, asesinatos de activistas por el medio ambiente, y asesinatos políticos y desapariciones forzadas (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015). La violencia criminal, aun cuando es rampante, sólo es parte de un peligroso coctel que sirve para “limpiar” áreas donde las comunidades locales resisten la desposesión. Esto es lo que se puede denominar despoblamiento forzado.

Según el IMDC, de los 287,000 desplazados por la violencia y los 91,000 desplazados por desastres en México, la mayoría se encuentra en estados tales como Chihuahua, Nuevo León, Tamaulipas, Sinaloa, Durango, Michoacán, Guerrero y Veracruz (IDMC, 2017). Todos estos estados son ricos en minerales, recursos no renovables y gas shale. Estos estados son famosos también por su violencia relacionada al nacrotráfico. Un número significativo de desapariciones forzadas en las que el ejército y las bandas criminales se encuentran conjuntamente involucradas han ocurrido en zonas de la frontera con EE.UU.  (CNDH, 2016). Por mencionar un ejemplo, Ciudad Juárez, Chihuahua (frontera con El Paso, Texas), fue la ciudad más violenta entre 2009 y 2010 (Ortega, 2010). Nuevo León, Coahuila y Tamaulipas son estados controlados por Los Zetas (que son responsables de miles de las 300,000 desapariciones forzadas) y  por el Cártel del Golfo, cuyos líderes son protegidos por políticos locales (Martínez, 2013).

Estos estados están ubicados también arriba de una fuente de gas shale muy importante en la colindancia entre México y Texas denominada Eagle Ford Shale Basin, en Estados Unidos, y Cuenca de Burgos en el lado mexicano (Lallanilla, 2015). El fracking, método usado para extraer este gas shale tiene consecuencias ambientales importantes ya que requiere del uso de entre 7.6 a 15 millones de litros de agua por extracción y también involucra el uso de químicos contaminantes (Navarro F. y Bessi, 2015). La explotación de gas shale  en Eagle Ford requiere de 27,000 pozos, y en una zona árida donde el agua ya es escasa, el uso intensivo del líquido natural está dañando la agricultura y provocando más y más protestas (Grillo, 2014). ¿Quiénes son las víctimas de la violencia en estos territorios ricos en recursos codiciados por corporaciones criminales y legales? Según un reporte especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la mayoría de los desplazados en México son campesinos de comunidades con economías autosustentables, activistas del medio ambiente y derechos humanos, pequeños propietarios, autoridades locales y periodistas. La mayoría de estos grupos representa una amenaza a los intereses de capital extractivo que quieren apropiarse de sus tierras, ya sea a través de la resistencia explícita (en el caso de activistas, autoridades no alineadas al capital, y campesinos), o denuncias (en el caso de campesinos). De esta manera mientras que los cárteles con su violencia ciertamente representan un problema importante en México que no debe ser soslayado, existe un vínculo entre todas las estrategias despobladoras para revelar el papel de las corporaciones trasnacionales, élites políticas y oligarquías económicas en el diario desplazamiento y producción de espacios de muerte en la región (CNDH, 2016).

Los datos indican que en países ricos en recursos naturales la coincidencia entre desplazamiento forzado y violencias criminal, misógina y política no es casual. Esta combinación asesina refleja una política de desplazamiento forzado que tiene el fin de lograr la explotación de recursos libre de conflicto, pues estos recursos son cada vez más valorados en la economía global tales como las industrias de las nuevas tecnologías y de recursos renovables o energías limpias. Para ejecutar esta estrategia, una gran variedad de actores armados- incluyendo narcotraficantes y criminales pero también mercenarios, guardias de seguridad privada y sicarios- venden su expertise en el manejo de tecnologías de muerte a entidades poderosas tales como gobiernos represivos o corporaciones trasnacionales (o las dos) en lo que Mbembe (2011) ha denominado el Gobierno Privado Indirecto.

Esto es necropolítica –la política de muerte- que Bobby Banerjee llama necrocapitalismo, o las muertes propiciadas por el lucro económico. Para Banerjee, la necropolítica –que define como “las prácticas de acumulación en contextos (pos)coloniales a manos de actores económicos específicos… que involucra desposesión, muerte, tortura, suicidio, esclavitud, destrucción de hábitats, y la administración general de la violencia”- es una nueva forma de imperialismo. A la expulsión forzada de campesinos le sigue el control de recursos naturales que alguna vez poseyeron” (Banerjee, 2008), y esto es lo que encontramos en la migración forzada que se da en México.

Esto tiene relación directa con lo que Rodríguez Garavito denomina “campos sociales minados”, es decir, los territorios de pueblos indígenas que son ricos en recursos naturales y están disputados lo mismo por las trasnacionales que por los grupos criminales y los Estados; son minados por poseer recursos y por peligrosos. Allí es donde se promueve el derecho a la consulta previa, que es un mecanismo jurídico que sirve para legitimar con una supuesta consulta la decisión ya tomada de explotar esos territorios (Rodríguez Garavito 2012: 5-6). Porque seamos honestos ¿Por qué negociar con comunidades indígenas pobres que se encuentran en reservas ricas en petróleo, agua, minerales e hidrocarburos si pueden ser expulsadas de sus tierras ejecutando indirectamente la violencia a través de actores privados movidos por causas económico-criminales o misóginas?

Mientras que cada país latinoamericano que sufre altos niveles de homicidio también posee minerales y metales preciosos e hidrocarburos, para los propósitos del argumento del despoblamiento forzado la extracción de hidrocarburos a lo largo de la frontera sirve como ejemplo  de cómo el desplazamiento forzado, la represión política y la violencia criminal y misógina en territorios ricos en recursos coinciden espacialmente. Otros académicos ya han establecido esta conexión entre asesinatos, desapariciones forzadas, feminicidios y desplazamiento forzado, por un lado, y extracción de gas por el otro  (Correa-Cabrera, 2015).

Guadalupe Correa por ejemplo ha dicho que en el caso de Coahuila y Tamaulipas, la violencia ha sido producida por las élites para forzar a las corporaciones a alquilar seguridad privada. Correa-Cabrera dice que hay una coincidencia espacial entre flujos globales y la desigualdad económica. En esta área en particular hay por lo menos cuatro de estos flujos: la industria maquiladora, la industria extractiva, migración y la delincuencia trasnacional. El impacto de estos fenómenos ha llevado al incremento de la desigualdad en el ingreso en la región ya que sus dinámicas internas amplían la brecha entre ricos y pobres mientras que refuerzan la desigualdad social (Correa-Cabrera, 2015).

Por su parte, en el libro Capitalismo de la Guerra contra las Drogas, la periodista Dawn Paley  dice que el conflicto interno y la militarización ocurren en espacios geográficos clave para los proyectos energéticos y extractivos. Su trabajo de campo en Colombia, Guatemala y Honduras indica que estos fenómenos también coinciden con la oposición sociopolítica a megaproyectos tales como extracción y explotación de petróleo, agricultura a gran escala, proyectos hidroeléctricos y maderas preciosas. La conexión entre la guerra contra las drogas, la violencia paramilitar y la extracción de gas no son raras porque los actores no estatales las usan para intimidar a sus oponentes y controlar geografías ricas en recursos naturales (Paley, 2014).

De acuerdo con esta evidencia y sus diferentes interpretaciones, se puede concluir que el desplazamiento forzado no es daño colateral sino el resultado deseado –que no intencional- para el despoblamiento forzado de estas geografías. Sin embargo, el Estado no se encuentra solo en esto. Las corporaciones están involucradas activamente aunque de forma tácita, apoyando la violencia ya que les permite argumentar que la inversión en esas regiones es demasiado cara como una forma de ocultar sus verdaderos intereses. Ultimadamente, estos actores corporativos permiten a los criminales hacer las extracciones por ellos.

Tecnologías de gestión

         El asilo como administración del sufrimiento

Una vez que las personas son expulsadas de sus casas y piden asilo en Estados Unidos enfrentan el dispositivo de administración del sufrimiento, es decir, la serie de dispositivos necropolíticos diseñados para controlar el espacio y el tiempo de los sujetos. Según Kleinman, Das y Lock el sufrimiento social agrupa condiciones generalmente categorizadas y estudiadas por separado y de forma individual -violencia, drogadicción, síndrome de estrés postraumático, depresión- y sirve para vincular los problemas personales con problemas sociales evidenciando así que el sufrimiento es una experiencia social que aqueja a países ricos y pobres, pero que afecta primordialmente a las clases marginadas y desposeídas.

Para Kleinman, Das y Lock (Kleinman, Das, y Lock, 1997: ix-x), los poderes de dominación elaboran diversas intervenciones tecnológicas para “tratar” el sufrimiento social, mismas que intensifican el sufrimiento debido a sus efectos morales, económicos y de género, y a que terminan normalizando patologías sociales o patologizando la psicología del terror. Estas políticas transforman las expresiones locales de las víctimas en lenguajes profesionales universales de queja y restitución –como el de derechos humanos-, lo cual rehace las representaciones y experiencias de sufrimiento, induciendo a la intensificación del sufrimiento mismo. Das llama a esto la “apropiación judicial y burocrática del sufrimiento” (Das, 2008). La burocratización del sufrimiento social tiene el objetivo de manipular el tiempo de las víctimas pues la espera es una dimensión simbólica de la subordinación política (Auyero, 2013). La vida de los que sufren acontece en un tiempo orientado por agentes poderosos, en una dominación que “se vive como un tiempo de espera: esperar con ilusión primero y luego con impotencia que otros tomen decisiones, y en efecto rendirse ante la autoridad de los otros” (Auyero, 2013:18).

El conjunto de necropolíticas públicas que se apropian del sufrimiento para burocratizarlo, para dominar al otro simbólicamente a través de la espera es lo que constituye las tecnologías de administración del sufrimiento. Los dispositivos para la administración del sufrimiento construyen sujetos que les son funcionales y conjuntan diversos tipos de necropolítica pública –comités y comisiones especiales, reglamentos, unidades de atención a víctimas- que operan a través de tecnologías que regulan la agencia política. La primera es la complejidad interinstitucional. Se conjuntan representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo en comités o consejos en los que las organizaciones pueden o no tener representación, pero que sirven de foros de colaboración sin influencia real. Este andamiaje interinstitucional echa a andar un complejo juego de trámites burocráticos que dan al sujeto la ilusión de que están avanzando hacia la justicia aunque esté ausente el poder Judicial y la característica fundamental sea la espera, y como dice Auyero: “La espera produce incertidumbre y arbitrariedad. La incertidumbre y la arbitrariedad engendran un efecto subjetivo específico entre quienes necesitan al Estado para sobrevivir: se someten en silencio a requisitos del Estado por lo general arbitrarios. Para decirlo claramente, la dominación política cotidiana es eso que pasa cuando aparentemente no pasa nada, cuando la gente ‘solo espera’” (2013: 36-37).

La segunda es la subjetivación. Las necropolíticas públicas construyen a un sujeto pasivo, ese que es sujeto de intervención para gestionar “positivamente” su sufrimiento y agencia política a través de la “apropiación judicial” de su sufrimiento (Das, 2008). Los sujetos se convierten en objetos de intervención gubernamental que sólo esperan, y “la exposición habitual a largas horas demoras modela un conjunto particular de comportamientos sumisos” (Auyero, 2013:25). Esto tiene implicaciones para la subjetividad política como se verá más adelante.

El sistema de asilo en Estados Unidos puede considerarse un dispositivo de administración del sufrimiento no sólo porque tiene el fin de controlar a los solicitantes de asilo en tiempo y espacio –no se pueden mover entre lugares mientras esperan el fallo del juez- sino también porque se conforma de todas estas necropolíticas. Como ya se dijo, en la biopolítica y la necropolítica la ley ya no sirve a la justicia sino que es usada para homogenizar poblaciones. En este caso, hay elementos que son abiertamente administrativos en el ejercicio de la ley que muestran cómo los instrumentos de administración de justicia internacional –la protección contra la persecución- se usan para la regulación de la inmigración en Estados Unidos.

Hay aspectos abiertamente administrativos y procedimentales del ejercicio del derecho de asilo que muestran cómo algunos instrumentos que deben ser para la administración de la justicia internacional –tales como la Convención sobre Refugiados que se refleja en el Acta de Inmigración y nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés)- se usan para administrar la migración forzada y el sufrimiento de los sujetos que huyen. Las tácticas administrativas facilitan el control de la migración de diferentes formas. Primero, la división del sistema en procedimientos afirmativos y defensivos, y el carácter semi-judicial de la administración migratoria, las cuales dejan un amplio margen para decisiones aún más subjetivas y arbitrarias de lo que se espera en el derecho anglosajón, en el que el rol del juez y la jurisprudencia es más importante que las leyes derivadas de la Constitución. Esta división permite un trato diferenciado de los solicitantes de acuerdo a criterios de clase y de género.

Por un lado, los solicitantes en procedimiento afirmativo son los que ingresan al país con visa, o que con una visa que se venció o que no les da permiso de trabajar están dentro del país y no han sido puestos en procedimientos de deportación. Estas solicitudes son revisadas por un oficial del «US Office of Immigration and Citizenship Services» (USCIS), quien si no la aprueba las refiere a un juez de migración de la «Executive Office for Immigration Review» (EOIR), para revisión judicial. Según Kurzban (Kurzban, 2014: 698): “Las solicitudes que han sido interpuestas primero frente al OA (Oficial de Asilo) se llaman ‘solicitudes afirmativas’ porque no se interponen en procedimiento de remoción en el sentido de ‘defensa’ frente a la remoción”.

Por otro lado, éste es el momento en el que el caso se convierte en defensivo. El solicitante ve a un juez en una Corte de Migración como parte de los procedimientos de remoción, de allí que se llame “procedimiento defensivo”. Las cortes migratorias son instancias administrativas que resemblan cortes. Según Anna Jessica Cabot, coordinadora legal de Las Americas Immigrant Advocacy Center, en El Paso, Texas, las cortes migratorias son “algo que es como una corte, son de hecho órganos administrativos, y éstos dicen ok, los beneficios de la migración son tales que debemos darle a la gente un lugar que parece una corte para asegurar primordialmente que sus derechos puedan ser apelados en esta área” (Cabot 2012, Entrevista).

Aunque las cortes migratorias son cuerpos administrativos que parecen cortes, la aplicación de la ley en ellas es aún más subjetiva que en las cortes penales y civiles, entre otras cosas  porque dan poca protección constitucional, una protección que según los antecedentes jurisprudenciales se restringen al debido proceso, en acuerdo con la 5ª Enmienda, que se refiere a las personas más que a los ciudadanos; y la libertad de expresión, según la 1ª Enmienda, la cual permite que los no inmigrantes sean miembros de partidos comunistas y anarquistas (Rafeedie vs INS 1992, in Kurzban 2014: 159).

En cuanto al procedimiento defensivo, estos fueron establecidos en la «Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsibility Act» (1996), la cual impone la remoción o deportación inmediata de personas sin documentos. Los migrantes indocumentados en la frontera o aquellos a los que un OM les niega el estatus de refugiado se les deporta de manera sumaria a menos que pidan asilo ante un juez. Los migrantes indocumentados pueden pedir asilo y expresar un miedo fundado de persecución ante un OM que determina si la persona tiene o no un “miedo creíble” de persecución. Si el solicitante prueba tener un miedo creíble de persecución puede obtener un permiso humanitario de permanencia mientras su estatus legal se resuelve (parole), después de probar identidad, probabilidad de presentarse a las audiencias y no representar una amenaza a la seguridad interna de EE.UU.  Si no se prueba el miedo creíble, los solicitantes pueden pedir una revisión que toma hasta siete días, tiempo durante el cual permanecen detenidos.

Si se comprueba el miedo creíble, esta vez van frente a un juez a una audiencia en la que piden asilo, detención de la remoción o protección bajo la Convención contra la Tortura (Kurzban 2014: 698, 181). Si no, los solicitantes permanecen en detención hasta que tengan su audiencia que puede tomar mucho tiempo en programar. Aunque el tiempo de detención no es estandarizado en todos los Circuitos, hay precedentes en la mayoría de los mismos que establecen que ser detenido por un tiempo “razonable” no puede ser “años”, como ha ocurrido en casos en los que algunos solicitantes han permanecido en detención hasta 4.5 años. En ese caso en particular, el 9º Circuito resolvió que lo que se considera un “tiempo razonable” no podía ser mayor a seis meses (Nadarajah vs González, 2013, in Kurzban 2014).

          Bolsones de desechabilidad

El 27 de enero de 2017, el presidente Donald Trump emitió una orden ejecutiva sobre migración que no sólo prohibía la entrada de ciudadanos de siete países árabes sino que dio un golpe histórico al asilo y al sistema de refugio en general. La orden suspende admisiones generales de refugiados por 120 días y admisiones de sirios hasta nuevo aviso, y puso un límite de 50,000 a las admisiones anuales (Obama aceptaba 150,000). Aunque la orden impone retos legales importantes a aquellas personas que procesan solicitudes de asilo, hay consecuencias sociales y humanas importantes que son poco evidentes por las implicaciones de esas medidas. Una consecuencia importante es la emergencia de lo que se denomina bolsones de desechabilidad, que se refieren a las personas que se quedan en tiraderos de basura a cielo abierto a esperar a que les caiga algún trabajo informal, las coladeras del drenaje y los alrededores de albergues improvisados de migrantes. Un número indeterminado de bolsones de desechabilidad se pueden encontrar en la ciudad fronteriza de Tijuana, la cual se encuentra cerca de la ciudad fronteriza de San Diego, California. Miles de solicitantes de asilo y migrantes han quedado atrapados en Tijuana desde que la orden ejecutiva fuera girada porque estaban esperando a que su trámite de asilo fuera procesado.

Seis haitianos llegaron a Tijuana el 23 de mayo de 2016. El siguiente día había 100. Dos meses después había 15,000. Al final de 2016 había unos 30,000 haitianos atorados en Tijuana provenientes de Brasil, aunque a través de una red de tráfico que Vázquez dice que no ha sido documentada. En comparación, unos 10,000 sirios pidieron asilo en Estados Unidos en el mismo periodo. Los solicitantes de asilo no pueden trabajar, no tienen residencia permanente, y si son haitianos con frecuencia no hablan español. Sin embargo, deben mantenerse a ellos mismos y sus familias mientras esperan a que los oficiales de migración procesen sus solicitudes. Por si fuera poco, han perdido toda posibilidad de establecerse en Estados Unidos después de que el presidente Donald Trump determinara poner fin al Estatus de Protección Temporal que su antecesor Barak Obama había aprobado después del terremoto de siete grados que azotara la isla caribeña en 2010. En mayo de 2017 se extendió por seis meses más, pero en enero de 2018 se determinó ponerle fin y darles 18 meses a los haitianos para dejar Estados Unidos o ser deportados en julio de 2019.

Estas personas viven en Tijuana en tiraderos a cielo abierto, coladeras y albergues improvisados. Muchos buscan trabajos manuales en el mercado informal, limpiando casas y oficinas, trabajando en maquilas, o entregando pizzas por sueldos miserables. Toda esta situación en la frontera recuerda lo que Henry A. Giroux llama la “maquinaria de desechabilidad”: “Lo que ha emergido en esta nueva coyuntura es una intensificación de la práctica de desechabilidad en la que más individuos y grupos son considerados como un exceso, consignados a zonas de abandono, vigilancia y encarcelamiento” (Giroux 2014).

La gente forzada a huir de desastres naturales y violencia inimaginable en sus países de origen se vuelve desechable; las personas son desperdicios humanos en los tiraderos y drenajes, en la puerta de entrada a una de las naciones más ricas. De esta forma la gente está confinada a espacios sociales definidos por lo que Edward W. Soja llama la “organización política del espacio”, pero con la muerte como meta principal. La idea de Soja de la (in)justicia espacial establece que la riqueza y la pobreza son distribuidas geográficamente según las líneas de clase, raza y género (Soja, 2009). Estas fuerzas determinan lo que llama “localización discriminatoria”, la cual es creada “por medio de prejuicios impuestos sobre ciertas poblaciones debido a su localización geográfica”, y es “fundamental en la producción de la injusticia social y en la creación de estructuras espaciales de privilegio y ventaja” (Soja, 2009:3). Soja cree que “la organización espacial… es una fuente particularmente poderosa de injusticia espacial” (Soja, 2009:3).

Mientras que sus ejemplos van del apartheid, la segregación residencial y la militarización, creo que las fronteras nacionales, tales como las que dividen a Estados Unidos de México, son espacios importantes de injusticia debido a la desigualdad económica y la proliferación de proyectos económicos tales como la construcción de carreteras y actividades mineras. Soja dice que “geográficamente el desarrollo desigual y el subdesarrollo proporciona otro marco de interpretación para procesos que producen injusticias, pero como con otros procesos, sólo es cuando esta desigualdad se solidifica en estructuras más durables de privilegio y desventaja que la intervención se vuelve necesaria” (Soja 2009:3).

Los bolsones de desechabilidad son entonces áreas de injusticia espacial en las que poblaciones vulnerables, especialmente las de migrantes, son forzadas a vivir en condiciones inhumanas y mercados laborales ilegales con una aprobación tácita del gobierno que debería, en teoría, y bajo la legislación de derechos humanos, ser protector. Es una versión radicalizada y espacializada de lo que los sociólogos llaman “bolsones de pobreza”, es decir, los barrios en los que los extremadamente pobres tienden a ser confinados en guetos, incluso en la medida en que la prosperidad crece alrededor de ellos, y están surgiendo no sólo en Tijuana sino a lo largo de la frontera norte de México gracias a la represión de EE.UU.

Conclusiones

El dispositivo es la tecnología de poder que contiene diferentes discursos cuyo fin es administrar y conducir la conducta de sujetos. El dispositivo necropolítico de la migración forzada comprende tres necropoilíticas: despoblamiento forzado, asilo como administración de sufrimiento y los bolsones de desechabildiad.

Esta interpretación analítica es de suma importancia porque aporta al debate en al menos tres sentidos. Primero, expone un elemento estructural a una discusión que frecuentemente se queda en la parte subjetiva o administrativa. La explicación causal de la migración forzada desde una perspectiva de la administración gerencial de la muerte permite ver la variedad de actores que participan en persecución y desplazamiento y propone que el interés aun cuando puede ser aparentemente criminal, no siempre es así de simple pues hay una gran diversidad e intereses económicos legales e ilegales. Segundo, propone una conceptualización de las causas de la migración forzada y propone verla como un proceso deliberado –una producción- de expulsión de individuos y conglomerados humanos para garantizar espacios libres de conflicto, o eliminación de grupos de personas desechables en la visión neoliberal. Y por último, plantea los mecanismos administrativos y judiciales de asilo como norias burocráticas que sirven al dispositivo de migración forzada en vez de garantizar protección a quienes sufren de persecución. No hay intención de proteger a las víctimas, sino de contener una nueva migración forzada.
Ariadna Estévez es es doctora en Derechos Humanos (Sussex University, Inglaterra), maestra en Sociología Política (City University, Inglaterra) y licenciada en Periodismo y Comunicación Colectiva (UNAM). Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) nivel II, y participa en la Law & Society Association y la Red Biopolítica (Chile-Australia). Asimismo, es co-coordinadora del Seminario de Biopolítica y Necropolítica Situadas (UNAM-UACM) y del Seminario Interdisciplinario de Geografía Crítica Legal (CISAN-CEIICH).
Bibliografía
Agamben, G. (2009). What Is an Apparatus? and Other Essays. Stanford, California: Stanford University Press.
Auyero, C. (2013). Pacientes del Estado. Buern os Aires, Argentina: Eudeba.
Banerjee, B. (2008). Necrocapitalism. City Research On Line (Consultado en abril 16, 2018): http://openaccess.city.ac.uk/6088/. Originalmente publciado en Organization Studies,, 29(12), 1541-1563.
Castro, E. (2004). El vocabulario de Michel Foucault. Un recorrido alfabético por sus temas, conceptos y autores. Bernal: Universidad Nacional de Quilmes.
CNDH. (2016). Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México. Retrieved from México:
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2015). Situación de los derechos humanos en México. Retrieved from San José, Costa Rica: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C (2014). Desplazamiento forzado en México. Informe.
Correa-Cabrera, G. (2015). Desigualdades y flujos globales en la frontera noreste de México: los efectos de la migración, el comercio, energéticos y crimen organizado transnacional. Canadian Journal of Latin American and Caribbean Studies, 40(3), 326-350.
De Génova, N. (2002). «Migrant illegality» and deportability in everyday life. Annu. Rev. Anthropol.
Foucault, M. (2006). Seguridad, territorio, población. México: Fondo de Cultura Económica.
Giroux , H. A. (2014). Neoliberalism and the Machinery of Disposability. Truthout, April 8, 2014, http://www.truth-out.org/opinion/item/22958-neoliberalism-and-the-machinery-of-disposability. Retrieved from Truthout website:
Grillo, I. (2014). Fracking near the Texas border has northern Mexico trembling. PRI. The World & Global Post, (April 29, 2014), https://www.pri.org/stories/2014-2004-2029/fracking-near-texas-border-has-northern-mexico-trembling. Retrieved from
IDMC. (2015a). Global Overview 2015. People internally displaced by con ict and viole. Retrieved from Geneva: http://www.internal-displacement.org/publications
IDMC. (2015b). New humanitarian frontiers. Addressing criminal violence in Mexico and Central America. Retrieved from Geneva: http://internal-displacement.org/assets/publications/2015/201510-am-central-americas-violence-en.pdf
IDMC. (2017). Mexico. from IDMC http://internal-displacement.org/countries/mexico
Kleinman, A., Das, V., & Lock, M. M. (Eds.). (1997). Social Suffering. California: University of california Press.
Kurzban, I. J. (2014). Kurzban’s Immigration Law Sourcebook (14a ed.). Washington DC: American Immigration Council.
Lallanilla, M. (2015). Facts About Fracking. Live Science, https://www.livescience.com/34464-what-is-fracking.html. Retrieved from https://www.livescience.com/34464-what-is-fracking.html
Martínez, S. (2013). 300 mil desaparecidos y contando. Sinembargo.mx, (Febrero 25, 2013), http://www.sinembargo.mx/opinion/25-02-2013/12797. Retrieved from
Mbembe, A. (2011). Necropolítica. España: Melusina (sic).
Navarro F., S., & Bessi, R. (2015). Fracking Expands in Latin America, Threatening to Contaminate World’s Third-Largest Aquifer. Truthout, (December 15, 2015), http://www.truth-out.org/news/item/33910-fracking-expands-in-latin-america-threatening-to-contaminate-world-s-third-largest-aquifer. Retrieved from
Ortega, J. A. (2010). Cd. Juárez, por segundo año consecutivo, la ciudad más violenta del mundo. Seguridad, justicia y paz, (11 de enero, 2010). Retrieved from http://www.seguridadjusticiaypaz.org.mx/sala-de-prensa/58-cd-juarez-por-segundo-ano-consecutivo-la-ciudad-mas-violenta-del-mundo
Paley, D. (2014). Drug War Capitalism. Oakland, California: A Press.
Rodríguez Garavito, C. (2012), etnicidad.com. Los recursos naturales, los pueblos indígenas y el derecho a la consulta previa en los campos sociales minados. Reinmo de los Países Bajos. Colección de Justicia.
Sinnot, E., Nash, J., & De la Torre, A. (2010). Natural Resources in Latin America and the Caribbean. Beyond Booms and Busts? Retrieved from Washington DC:
Soja, E. E. (2009). The City and Spatial Justice. Jusitce Spatiale/ Spatial Justice, 1(1), 5.